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Cómo capacitarte para rentar tu casa como sección 8
Convertirse en un terrateniente en sección 8 permite mucha más flexibilidad para encontrar inquilinos. Cuando rentas tu casa a terratenientes de sección 8, parte de la renta mensual será pagada directamente a ti a través de las autoridades de vivienda locales y el balance será pagado por tu inquilino. Antes de poder rentar a inquilinos de sección 8, la autoridad pública de vivienda (PHA) deberá aprobar tu propiedad.
Comunícate con tu autoridad pública de vivienda local para obtener una solicitud de terrateniente de sección 8. El sitio web del Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano tiene una lista de PHAs (Ver sección Recursos).
Completa y envía tu solicitud, las cuales varían y son actualizadas periódicamente. Pero espera responder preguntas personales y sobre tu propiedad, tales como los metros cuadrados y los requerimientos de tu renta.
Establece un horario para la inspección de PHA a tu propiedad. El inspector observará los riesgos de seguridad, tales como cables eléctricos indebidos y pintura con plomo. Además, se asegurará que toda la fontanería funcione, que las puertas y las ventanas sean seguras y estén equipadas con cerrojos que funcionen y que la cocina tenga horno y heladera en funcionamiento.
Haz las refacciones que te pida la PHA y establece una inspección de seguimiento.
Firma un contrato de pagos de asistencia para vivienda (HAP). Una vez aprobado, la PHA deberá firmar el HAP, lo cual demuestra tu voluntad de formar parte del programa de sección 8 y recibir cheques de renta mensuales del PHA una vez que se firme el acuerdo de inquilino.